¿Cómo afecta la reforma tributaria al sistema tributario de Colombia?

La ley de Inversión Social 2155 o como comúnmente se conoce, la reforma tributaria fue aprobada el 14 de septiembre de este año. Dicha reforma tiene una trayectoria que inicia con la ley anti trámites 2106 del 22 de noviembre de 2019. Este proyecto desencadenó el comienzo del paro nacional del 28 de noviembre de este mismo año, protestas que posteriormente se aplazarían por la pandemia del covid-19 en el 2020 y se reanudarían el 28 de abril del 2021, gracias a la nueva reforma tributaria planteada el 15 de abril del mismo año.

Después de fuertes movilizaciones, saqueos, vandalismo y polémicos asesinatos en todo el país durante aproximadamente tres meses, el Gobierno del presidente Iván duque planteó una nueva reforma tributaria el 20 de julio del 2021, que posteriormente, en septiembre sería aprobada. La nueva ley de inversión social pretende modificar el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas, autoriza diversos subsidios, reduce deudas con la DIAN e implementa nuevos impuestos que tienen como fin cubrir un hueco fiscal de $15.2 billones. A continuación, te contamos específicamente los cambios que hace la nueva ley de inversión social en materia tributaria.

Artículo que te podría interesar: Revisoría Fiscal: ¿Qué es? ¿Es obligatorio tener un revisor Fiscal?

 

La Reforma Tributaria y su impacto en el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas

La nueva reforma tributaria va en contra de la reducción gradual de la tarifa general que se pretendía hacer a las empresas en el año 2019. Pues, el pago del 30% del impuesto sobre la renta, que estaba contemplado como tarifa máxima hasta el año 2022, fue elevado al 35% con este nuevo proyecto. Esta tarifa es fija. Es decir, sin importar el tamaño de las empresas declarantes o los ingresos de las entidades, todas sin excepción alguna deben pagar el 35% del impuesto sobre la renta.

 

Aumento de la tasa de forma transitoria para el sector financiero

La reforma tributaria contempla dentro de sus leyes generar un gravamen adicional o sobretasa a las empresas del sector financiero, que tengan una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT ($4.356.960.000, según el UVT del año 2021). Esta tarifa debe ser pagada por el contribuyente entre el año 2022 y 2025. La sobretasa debe ser cancelada en un plazo de máximo 2 cuotas, tiempo de pago que debe ser definido por el calendario tributario correspondiente.

 

Reforma Tributaria: El descuento tributario por pago del ICA también se ve afectado

El parágrafo 1 del artículo 115 del Estatuto Tributario indicaba que a partir del año 2022 habría un descuento tributario del 100% si las empresas pagaban el ICA a tiempo. Con la nueva reforma tributaria se genera un cambio parcial a dicho beneficio. Pues, para aumentar los ingresos tributarios generales de Colombia y tener un poco más de igualdad o equilibrio entre los diversos ingresos, gastos e impuestos nacionales y territoriales, para el 2022 las empresas recibirán un descuento del 50% por pago de ICA. Y no del 100% como se tenía previsto anteriormente.

 

La reforma tributaria y su impuesto de normalización tributaria

Con el objetivo de evitar la evasión de impuestos e invitar a que todos los contribuyentes formalicen y declaren sus tributos por activos o pasivos omitidos, la Reforma Tributaria añade un impuesto transitorio a los declarantes que posean activos y pasivos sin formalizar. La tarifa del impuesto a pagar es del 17%. El 50% del impuesto debe pagarse antes de que finalice el 2021. El otro porcentaje restante se cancelará durante el 2022.

Dentro de la categoría de los subsidios hay varios que se mantienen y otros nuevos que serán financiados por la reforma tributaria, como por ejemplo: Ingreso solidario, PAEF (programa de apoyo al empleo formal), Creación de nuevos empleos, apoyo a empresas afectadas por el paro nacional, días sin IVA y reducción de sanciones e intereses de la DIAN.

 

Ingreso solidario

La reforma tributaria extiende el programa de ingreso solidario hasta diciembre del año 2022, con el fin de reducir la pobreza y pobreza extrema que dejó la pérdida de empleos generada por la pandemia del covid-19. Además, se autoriza cambiar el eje central de atención del programa, que estará enfocado en nuevas zonas vulnerables, o nuevas familias que en 2020 no estaban en una situación complicada, pero ahora sí. También, desde julio de 2022 el monto consignado a cada familia será diferente, pues se contemplará el número de personas que compongan cada hogar y su situación personal, económica, actual.

 

PAEF (Programa de Apoyo al Empleo Formal)

Este programa será ampliado hasta diciembre del 2021. Además, el Gobierno Nacional contempla la posibilidad de extenderlo hasta el 2022. Esto dependerá del crecimiento económico del país en los próximos meses, la tasa de desempleo y el estado del hueco fiscal de Colombia. El beneficio seguirá otorgando ayudas al empleador que contrate hasta 50 empleados nuevos en el plazo dicho. Cabe aclarar que si el empleador contrata más de los 50 empleados en el tiempo estimado, el beneficio se mantendrá solo por los 50 empleados adquiridos anteriormente.

 

Ayudas para la creación de nuevos empleos

El empleador que cree o implemente nuevos tipos y funciones de empleo en su empresa será acreedor de beneficios económicos por parte del Gobierno. El Gobierno financiará parte de la nómina del empleado. El porcentaje de financiación que otorgará va a depender de la edad del nuevo empleado, el sexo y su experiencia laboral.

 

La reforma tributaria y su apoyo a empresas afectadas por el paro nacional

La Reforma Tributaria permitirá otorgar el 20% del salario mínimo de cada empleado de una empresa, microempresa, persona jurídica, natural y consorcios que muestren una reducción de sus ingresos de un 20% en los meses de mayo y junio del 2021, como consecuencia al paro nacional. Se otorga este beneficio para que las entidades no tengan excusas a la hora de hacer el pago de sus impuestos.

 

Días sin IVA

Nuevamente, el Gobierno Nacional permite 3 días sin IVA, con el fin de reactivar el comercio. Estos tres días se darán, uno en octubre, otro en noviembre y el último en diciembre. Este beneficio se dará a las personas que compren, ya sea virtual o presencialmente, y hagan su pago por cualquier medio. Los artículos que están exentos de IVA son: Vestuario, electrodomésticos, elementos deportivos, juguetes y útiles escolares.

 

Reforma tributaria y la reducción de sanciones e intereses de la DIAN

Se establece la reducción del 20% en los intereses moratorios del pago de impuestos del contribuyente ante la DIAN. Si la empresa obligada a declarar se atrasó gracias a la pandemia del 2020 o al paro nacional realizado entre marzo de 2021 y julio de este mismo año, esta podrá gozar de dicho beneficio.

Si bien, la reforma Tributaria tiene aspectos negativos y positivos, creemos que la parte que está más afectada tanto positiva como negativamente son todos los tipos de empresas de Colombia. Al igual, debemos esperar a que la Ley de inversión social no presente modificación que pudiesen afectar negativamente a las empresas y personas naturales.

 


 

¿Te gustó lo que leíste? Conoce más de nuestros blogs. Serán de tu interés.

Saldos a favor: Ingresos extra que pueden mejorar su situación financiera

¿Ya sabes a qué grupo NIIF perteneces?: Personas naturales

¿Existen Beneficios Tributarios?

 

¡Hola! ¿En qué podemos ayudarte?
Call Now Button