Para el año 2024 las entidades que están obligadas a tener Revisor Fiscal en Colombia
Las entidades deben ver al cierre del año 2023 el monto de sus activos e ingresos brutos para determinar si están en la obligación de tener revisor fiscal, elegido por la junta de socios o asamblea de accionistas en el ejercicio 2023.
De acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, para el año 2024 deberán tener revisor fiscal las sociedades comerciales que al 31 de diciembre de 2023:
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- Posean activos brutos iguales o superiores a 5.000 SMLV en pesos $5.800.000.000.
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- Posean ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 SMLV en pesos $3.480.000.000.
Además, el Código de Comercio -CCo-, en su artículo 203, plantea de forma general la obligación de tener revisor fiscal en:
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- Las sociedades por acciones.
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- Las sucursales de compañías extranjeras.
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- Las sociedades que voluntariamente lo dispongan.