¿Debo declarar renta? Formularios 110 y 210.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR RENTA?

Las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar renta:

  1. Si tienes un patrimonio anual igual o superior a $160.262.000 en el año 2020.
  2. Ingresos totales anuales que sean iguales o superiores a $49.850.000
  3. Gastos con tarjeta de crédito iguales o superiores a $49.850.000
  4. Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a  $49.850.000.

Estas condiciones las estableció la DIAN al establecer unos topes mínimos y máximos, para declarar renta. Dichos topes se basan en el patrimonio, ingresos totales, gastos y consignaciones que hizo la persona natural anualmente.

Por otro lado, no están obligados a declarar renta las personas que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos provengan por lo menos en un 80 por ciento (80%) de pagos originados en una relación laboral, siempre y cuando en relación con el 2020, se cumplan la totalidad de los requisitos.

 

FECHAS DE VENCIMIENTO PARA DECLARAR RENTA

Lo primero es tener claro el calendario de fechas de la DIAN 2021. https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx.     Entre el 10 de agosto y el 20 de octubre de 2021 vencen los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta del año 2019. 

El plazo para declarar renta y cancelarla según los últimos números de su cédula, mira los plazos AQUÍ 

 

FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA 2021.

 

¿210 o 110?

Form 210: El formulario 210, que se puede descargar por las páginas de la DIAN, es el adecuado para las personas naturales que deben declarar renta. Cabe recalcar que la persona natural es cualquier individuo que cumpla los requisitos anteriormente mencionados para hacer la declaración de renta.

Form 110: Este formato es el adecuado para que las personas jurídicas, sean nacionales o extranjeras, puedan declarar renta. La persona jurídica es una organización o grupo conformado por una o varias personas, que ante la ley es independiente, y puede ejercer derechos y deberes sobre personas naturales. Ejemplos: ONG, Empresas públicas, Empresas de transporte, etc.

 


 

BENEFICIOS QUE DEBE TENER POR DECLARAR RENTA

 

1. Declarar renta aumenta el Flujo de Caja:

Los contribuyentes no están sujetos a Retenciones en la Fuente a título de Renta ni a título de ICA, tampoco están obligados a practicar retenciones a título de Renta (salvo las laborales). Ya que, los contribuyentes del SIMPLE sí están sujetos a las reglas de retención del IVA.

 

2. Reducción de costos de cumplimiento tributario:

Declarar renta una sola vez al año puede traer reducción de costos en diferentes cumplimientos tributarios, tales como:

  • Impuesto Nacional al Consumo para el expendio de comidas y bebidas.
  • Sobretasa Bomberil. 
  • Renta (Simple)IVA

Y puede traer otros beneficios a diferentes sectores como:

  • Industria y Comercio.
  • Minero energético
  • Sector financiero

A nivel de normas, el procedimiento de liquidación es igual para personas naturales o jurídica. Además, no tiene regímenes excepcionales de determinación, tampoco exenciones, ni tratamientos preferenciales. Quienes opten por el impuesto de renta (SIMPLE), podrán inscribirse en el RUT y obtener su mecanismo de Firma Electrónica desde cualquier lugar de forma gratuita.

 

3. Declarar renta y la reducción de costos de contratación de empleados:

El aporte a la pensión de una persona natural que haga el empresario se ve afectado positivamente por declarar renta, ya que sufre una reducción significativa.

Además, El contribuyente que opte por declarar renta puede estar exonerado del pago de parafiscales (ICBF, SENA y Aportes a Salud) en los términos del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.

 

4. Las peluquerías, mini mercados, micro mercados estarán exentas del IVA

Los contribuyentes que realicen únicamente actividades de tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquerías, no serán responsables del Impuesto sobres las Ventas (IVA), de forma que no tendrán que cumplir las obligaciones formales y sustanciales relacionadas con el IVA.

Se entiende por tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados las que realicen como actividad principal, la comercialización de alimentos, comidas y bebidas para el consumo final de hogares, ya sea dentro o fuera del establecimiento, y no sean responsables del Impuesto Nacional al Consumo.

 


 

Referencia:

¿Estás obligado a declarar renta en 2021? [5 topes]. (2021). Retrieved 21 July 2021, from https://www.tributi.com/obligados-declarar-renta-2021-topes

(2021). Retrieved 21 July 2021, from https://www.dian.gov.co/impuestos/RST/Beneficios/Paginas/default.aspx

(2014)LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL IMPUESTO DE RENTA:
ANÁLISIS DE SUS DETERMINANTES TÉCNICOS Y SU IMPACTO FISCAL https://www.justiciatributaria.co/wp-content/uploads/2014/10/DOCUMENTO-FINAL-ANALISIS-BENEFICIOS-TRIBUTARIOS-IMPUESTO-DE-RENTA.pdf

 

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