Temporada de asambleas: obligación clave para las sociedades en 2026
Durante el primer trimestre del año, las sociedades comerciales (empresas) en Colombia deben celebrar su Asamblea General Ordinaria, la cual por ley debe realizarse dentro de los tres primeros meses, es decir, máximo hasta el 31 de marzo. Esta reunión es fundamental porque constituye el máximo órgano de decisión de la empresa y permite validar formalmente la situación financiera y administrativa del periodo anterior.
En la asamblea deben aprobarse los estados financieros, presentarse el informe de gestión del representante legal, analizarse el dictamen del revisor fiscal cuando exista esta figura, y definirse aspectos clave como la distribución de utilidades y nombramientos obligatorios. No realizarla dentro del plazo puede generar riesgos legales, dificultades operativas y problemas en trámites corporativos, por lo que se recomienda a socios y accionistas prepararse con anticipación y revisar la documentación necesaria.
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Leer más: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_comercio_pr013.html#422
Gobierno crea impuesto temporal al patrimonio para empresas por emergencia climática
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, mediante el cual estableció un impuesto extraordinario al patrimonio para personas jurídicas, con el fin de financiar la atención de la emergencia económica causada por fenómenos climáticos que afectaron 8 departamentos del país.
La medida aplica únicamente para 2026 y obliga a pagar el tributo a las empresas cuyo patrimonio líquido al 1 de marzo de 2026 sea igual o superior a 200.000 UVT.
La tarifa general será del 0,50%, pero sube al 1,6% para sectores con mayor capacidad contributiva, como el financiero y el extractivo (carbón y petróleo).
El impuesto deberá declararse el 1 de abril de 2026 y pagarse en dos cuotas iguales: la primera ese mismo día y la segunda el 4 de mayo de 2026.
El Gobierno estima que la emergencia tiene un impacto fiscal cercano a $8,3 billones, por lo que el nuevo tributo busca obtener recursos inmediatos para atender a la población afectada.
No estarán obligadas a pagarlo las empresas del sector salud, las intervenidas por el Estado ni los servicios públicos domiciliarios ubicados en zonas declaradas en calamidad pública.

Leer más: https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192202&dt=S
Recordatorio: Tarifas de renovación de Cámara de Comercio para 2026
Es importante que las empresas renueven su matrícula mercantil y otros registros antes de que se cumpla el plazo. A continuación, te dejamos las tarifas vigentes para este año según el rango de activos de la empresa:
- De $0 a $6,500: tarifa de $24,200.
- De $6,500 a $25,000: tarifa de $48,400.
- De $25,000 a $65,000: tarifa de $73,000.
- De $65,000 a $650,000: tarifa de $121,000.
- De $650,000 a $2,000,000: tarifa de $194,000.
- De $2,000,000 a $10,000,000: tarifa de $266,000.
- Más de $10,000,000: tarifa de $339,000.
Además, ten en cuenta que la renovación y actualización de la matrícula mercantil puede implicar costos adicionales por mutaciones, cancelaciones y registros de libros de comercio, dependiendo de la actividad mercantil y los activos registrados.
Para consultar las tarifas completas y obtener más información, puedes revisar el sitio oficial de la Cámara de Comercio.
No dejes pasar la fecha y asegúrate de tener todo al día.






